sábado, 15 de febrero de 2014

La Administración se "Hace la Loca"

"Queda ahora queridos amigos saber si seguiremos con una administración que se “hace la loca” de lo que pasa entorno a nuestro municipio."


La secretaria de gobierno no cumple con su función
Nuestra carta política proferida en el año 1991,dentro del marco de renovación de la organización social y administrativa de nuestro país, y de pasar de un mandato estado centrista a uno atropo centrista, es decir de brindarle más garantías al ciudadano en el estado social de derecho. Resulta pues que en la campaña hacia el congreso de pleno, la efusividad y el acompañamiento de ideas y propuestas por parte de la ciudadanía, se hace más relevante. Es así como la democracia en su más alta expresión es demostrada en la camisa puesta con publicidad, las tarjetas, los afiches,pendones,entre otros más elementos típicos de una campaña electoral. Eso si dentro del marco legal que permite, pero también limita.
En caso concreto y hablando de nuestro municipio, aquel que fue declarado como monumento nacional el 12 de febrero de 1963  y que dicha distinción no solo es de nombre, sino es aquella que nos mantiene sujetos tanto a nosotros los habitantes de la villa, como también a las autoridades, de propender el cumplimiento de la reglamentación que en estos municipios se nos impone. Para el bien y la conservación de los mismos.
En primer lugar la alcaldía municipal de Girón, expidió los decretos 187 de diciembre de 2013 y 001 de enero de 2014, los cuales regulan la imposición de publicidad política en los espacios públicos. Teniendo en cuenta lo siguiente en el mes de enero la alcaldía promulgo a los cuatro vientos el retiro de “unos” avisos publicitarios que ocupaban el espacio público, es decir no quitaron la totalidad de dichos avisos. Luego de esto el concejo nacional electoral visitó el municipio y retiró la totalidad de estos avisos. Pero en raro caso y haciendo contraposición al mandato legal, algunos candidatos y en especial los que tienen contaminados los postes y todo espacio en donde puedan pegar, incluso en el puente Antonia Santos, patrimonio nacional, han vuelto a colgar y llenar de avisos los espacios públicos de nuestra villa. En tal caso la Secretaria de gobierno que días atrás divulgaba el buen ejercicio de función, es en la actualidad pasiva en hacer cumplir los decretos municipales,en conclusión;hacer la función que le corresponde.

Los decretos en contexto señalan:
-Las vallas, pasacalles y murales se deben instalar con una distancia mínima de 15 metros lineales. 
-Esta solo se podrá hacer 60 días anteriores a las elecciones y dejar hasta 15 días después de realizados los comicios. 
-Los partidos políticos no podrán instalar más de cinco pasacalles de cinco metros de altura. 
-Solo se podrán instalar 14 vallas por cada candidato. 
-No se podrá utilizar más de tres murales por candidato, en propiedad privada. 
-Solo se permitirán 50 cuñas radiales y ocho avisos de prensa. 

En tal caso el artículo 6 de nuestra constitución reza:” Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones.” .Este es el caso en el cual la secretaria de gobierno infringe el mandato constitucional, porque omite su función. Contemplada en los decretos expedidos por la misma administración municipal. Esta omisión considero, debe ser tenida en cuenta por la Procuraduría, ya que el artículo 327 de nuestra constitución dice que:” el Procurador General de la Nación, por sí o por medio de sus delegados y agentes, tendrá las siguientes funciones” y resaltamos que debe además:
1. Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos.
4. Defender los intereses colectivos, en especial el ambiente.
6. Ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular; ejercer preferentemente el poder disciplinario; adelantar las investigaciones correspondientes, e imponer las respectivas sanciones conforme a la Ley.
Estos numerales son los directamente relacionados con el caso de la publicidad política en espacio público, ya que en primer lugar los decretos 187 de diciembre de 2013 y 001 de enero de 2014,son actos administrativos, el interés colectivo, de ambiente y en relación con el espacio público, establecido en el artículo 82 de nuestra carta politica, reza “Es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular.” Y la vigilancia de la conducta de las funciones públicas.
Finalmente confieso que el interés profundo con que hago esta declaración es impulsado por el amor y el cariño que tengo por Girón, y que al ver como se desproporciona por la mala administración que en la actualidad nos corresponde, que no solo lo digo yo ,sino que en el juicio popular es donde más se escucha dicha posición,creo es necesario hacerlo. Queda ahora queridos amigos saber si seguiremos con una administración que se “hace la loca” de lo que pasa entorno a nuestro municipio. 

Con el saludo más cordial y agradecimiento por todo
Juan Sebastián Morales Forero,
El cariño de mi padre permanece en mí y en mis hermanos!